Hay direcciones generales que tienen muy claro cuál es su cometido
y que además indican claramente cuáles son sus funciones, o
al menos, parte de ellas.
Por ejemplo, recuerdan a las Entidades Locales que son ellas las
que desempeñan las funciones de tutela, las funciones de seguimiento
de sus actos y acuerdos, velando por la legalidad de los mismos,
en materias tan variadas como:
Económico-financiera.
Disposición de los bienes de titularidad municipal, enajenación,
gravamen o permuta de bienes.
Control de legalidad de sus actos y acuerdos.
También tienen otras competencias, asesorar, cooperar, formar
al personal, etc.
Como se quiere conocer a fondo la situación de las Entidades
Locales, aprueban el programa de actuaciones, sobre análisis de
los expedientes referidos a presupuestos, liquidación, ordenanzas
fiscales, operaciones de crédito y ejercicio de competencias de las
Entidades locales, también analizarán los expedientes tramitados
en relación con sus bienes y los acuerdos adoptados, organización
funcionamiento, etc.
Realizarán para ello:
Inspecciones periódicas, en el ejercicio 2024:
Entidades Locales de menos de 500 habitantes: UNA
Entidades Locales entre 501 y 2000 habitantes: UNA
Entidades Locales de más de 2001 habitantes: UNA
Además realizarán Inspecciones no periódicas.
Los trabajadores de las pequeñas entidades locales de nuestro
Aragón saben de las dificultades que conlleva su gestión municipal,
plataformas de suministro de información varias (ISPA, AGE, Cámara
de Cuentas, Ministerio de Hacienda, Gobierno Autonómico
etc., etc., etc.), transparencia, protección de datos, contratación y
sus plataformas, catastro y sus requerimientos.
Porque además de todo eso hay que sacar los expedientes diarios
de los Ayuntamientos, atender al Alcalde, Concejales y vecindario.
Sólo falta que te toque también el control de la Dirección General
del Gobierno Autónomo.
El órgano fiscalizador de la gestión económico-financiera es el
Tribunal de Cuentas y, además, el Órgano de Control Externo de
los Gobiernos Autonómicos (Cámaras, Sindicaturas, etc.).
Y sí, es cierto que le corresponden las funciones de tutela, pero
también las de ayudar, colaborar y cooperar.
No nos iría nada mal que algún catedrático de nuestras Universidades
pusieran a trabajar a varios becarios y que vieran el día
a día de los empleados locales, en especial el de los Secretarios-Interventores-
Tesoreros de nuestros Ayuntamientos, como tesis, les
auguro un Cum Laude.
Igual se daban cuenta de la necesidad de rebajar la carga de actuaciones,
remisiones de información que tienen que realizar y alguien
podía empezar a pensar en legislar para simplificar.
Mantener vivos a nuestros municipios y Ayuntamientos pasa por
rebajar algunas obligaciones, más ayuda y menos obligaciones.
La tutela tiene un fin primordial que es ayudar a quien no puede
proteger sus derechos.

EL TULIPÁN NEGRO

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