GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
José Ángel García

España es un país diverso. Su historia, su cultura, sus lenguas y sus tradiciones han dado lugar a territorios con una identidad propia, pero también forman parte de un proyecto común. La Constitución Española de 1978 intentó recoger esa realidad y creó un modelo de organización territorial conocido como Estado de las Autonomías, uno de los pilares fundamentales de nuestro sistema democrático.
El artículo 2 de la Constitución establece un equilibrio que ha marcado la organización del Estado desde entonces. Por un lado, proclama la indisoluble unidad de la Nación española; por otro, reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran, así como la solidaridad entre todas ellas.
Este modelo no es un Estado federal ni un Estado completamente centralizado. Se trata de una fórmula propia, diseñada para acercar la Administración a los ciudadanos y permitir que determinadas decisiones se adopten desde cada territorio, atendiendo mejor a sus necesidades.
Actualmente, España está organizada en tres niveles de administración. En primer lugar, la Administración General del Estado, que ejerce competencias sobre todo el territorio nacional. En segundo lugar, las 17 comunidades autónomas, que cuentan con instituciones propias y amplias competencias. Finalmente, las entidades locales, como ayuntamientos, diputaciones, cabildos, consejos insulares, comarcas o mancomunidades, que gestionan los asuntos más próximos a la ciudadanía.
Aunque la Constitución abrió la puerta a la creación de las comunidades autónomas, no dibujó directamente el mapa autonómico. Fueron los propios territorios quienes, mediante los procedimientos previstos en la Constitución, decidieron constituirse como comunidades autónomas. El proceso culminó en 1983 con la configuración de las diecisiete comunidades actuales y, años más tarde, en 1995, con la aprobación de los Estatutos de Autonomía de Ceuta y Melilla.
El funcionamiento del Estado autonómico se basa también en un principio esencial: la solidaridad. La Constitución establece que las diferencias entre comunidades autónomas nunca pueden traducirse en privilegios económicos o sociales. Todos los ciudadanos, vivan donde vivan, deben disfrutar de los mismos derechos y asumir las mismas obligaciones.
Por ello, ninguna administración puede impedir que un ciudadano resida, trabaje o desarrolle una actividad económica en cualquier punto del territorio nacional. La libre circulación de personas y bienes constituye uno de los elementos esenciales del Estado autonómico y garantiza la igualdad entre todos los españoles.
Durante más de cuatro décadas, este modelo ha permitido acercar servicios públicos tan importantes como la sanidad, la educación o los servicios sociales a los ciudadanos, al tiempo que ha favorecido una mejor adaptación de las políticas públicas a la realidad de cada territorio.
Lejos de entenderse como una división del Estado, el sistema autonómico representa una forma de organizar el poder para hacerlo más próximo, más eficaz y más respetuoso con la diversidad territorial de España.
¿Sabías qué?
• España cuenta con 17 comunidades autónomas y 2 ciudades autónomas (Ceuta y Melilla), todas ellas con instituciones de autogobierno.
• La Constitución reconoce la autonomía, pero también garantiza la unidad del Estado, de modo que ambos principios deben convivir.
• Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones con independencia de la comunidad autónoma en la que residan.
• La solidaridad entre territorios es un principio constitucional, intentando evitar que existan privilegios económicos o sociales entre unas comunidades y otras.
