CNT consigue la sentencia a favor frente a Comercial Logística de Calamocha en materia de conciliación

Foto archivo. Visita del consejero de Sanidad José Luis Bancalero a CLC

El Juzgado de lo Social de Teruel ha reconocido el derecho a cobrar los incentivos por productividad de un trabajador de Comercial Logística de Calamocha (CLC), perteneciente al grupo leridano Vall Companys, tras cambiarle de puesto al solicitar la adaptación de la jornada. El hecho se remonta a la petición del empleado por conciliación familiar para cuidar de su hijo. Ante esta petición la empresa propuso una fórmula “para desincentivar las peticiones de adaptación de jornada”, comenta Juan Brovia, portavoz del sindicato CNT que llevó el caso al juzgado. Con la propuesta de la empresa el trabajador cambiaba su puesto, hasta el momento en la cadena de producción, por uno en el turno de limpieza y se le “quitaba el plus de productividad asociado a la cadena, que es bastante alto y forma parte del salario”, indicó Brovia. Entendiendo que iba en contra del convenio colectivo del sector, y una vez creada la sección sindical en la empresa calamochina, se presentó al Juzgado de lo Social turolense a principios del mes de julio.
Después de no llegar a un acuerdo en una cita de conciliación entre las partes, el sindicato continuó con el proceso alegando el incumplimiento de un derecho fundamental para los trabajadores obteniendo el fallo a favor de la sentencia a comienzos del pasado mes de diciembre. “Para el sindicato es una victoria por ese refuerzo del derecho a la adaptación de la jornada. Concluimos que todos los trabajadores y las trabajadoras tenemos derecho a pedir estos derechos a la adaptación, seamos nativos o extranjeros tenemos derecho a pedirlo en esta y en cualquier otro tipo de empresa. No podemos fiarnos de decirlo a la jefa, el jefe, encargada o a la gestoría de la empresa porque ellos velan por los intereses de la empresa y no por la de los trabajadores”, matizó el portavoz sindical. El sindicato turolense menciona que esta sentencia sienta precedente de una solicitud que hasta el momento se encontraba con la negativa respaldándose en “trabajar a turnos” o “si te lo adaptamos otros también querrán” tal y como incluyen en un comunicado.
Desde el grupo Vall Companys no han dado declaraciones al respecto sobre el proceso y la resolución de la sentencia.

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