Cuando escuchamos hablar de “ordenamiento jurídico” puede sonar complicado, pero en realidad es algo sencillo: es el conjunto de normas que nos organizan como sociedad. Dicho de otra manera, son las reglas del juego que hacen posible que vivamos juntos con cierto orden y que sepamos qué está permitido y qué no.

La Constitución, nuestra Carta Magna, es la norma suprema que marca las bases de todo. A partir de ahí, se desarrollan las leyes que aprueba el Parlamento, los reglamentos del Gobierno, las normas de las comunidades autónomas y hasta las ordenanzas municipales de tu municipio.

Las normas jurídicas no son simples consejos, sino que son:

Obligatorias: Las normas jurídicas no son opcionales: hay que cumplirlas siempre. Ejemplo: pagar el IVA al comprar un producto. No es algo que uno pueda decidir; el impuesto está incluido y es obligatorio abonarlo.
Generales: Se aplican a todos por igual, sin importar quién seas. Ejemplo: si una ordenanza municipal prohíbe aparcar en doble fila, esa prohibición vale tanto para el alcalde como para un vecino o un turista.
Imperativas: Te dicen lo que puedes hacer y lo que no. Ejemplo: la ley establece que no puedes vender alcohol a menores de 18 años. Aunque el comprador lo pida y tú quieras venderlo, la norma lo prohíbe.
Acompañadas de sanción: Si no las cumples, hay consecuencias jurídicas, desde multas hasta cárcel. Ejemplo: conducir bajo los efectos del alcohol no solo conlleva una multa, sino también la retirada de puntos e incluso prisión si se supera cierto nivel de alcoholemia.

Ahora bien, el derecho tiene principios que garantizan que el sistema sea justo y claro:

Principio de legalidad: Nadie puede ser castigado por algo que no esté prohibido en una ley.
Jerarquía normativa: Una ordenanza municipal nunca puede ir contra la Constitución.
Publicidad: Una norma debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) o en el boletín de tu comunidad para ser válida.
Seguridad jurídica: Las normas deben ser claras y estables, para que sepamos a qué atenernos.

Un ejemplo real y reciente, a modo de curiosidad, sería la Ley de Bienestar Animal (Ley 7/2023, de 28 de marzo) que se publicó en el BOE el 29 de marzo de 2023. Aunque apareció ese día, no entró en vigor hasta el 29 de septiembre de 2023 (seis meses después), tal como establece su disposición final. Es decir, esa norma existía desde su publicación, pero no se podía aplicar hasta pasado el plazo fijado. Así se dio tiempo a los ciudadanos y a las administraciones para adaptarse a los cambios (por ejemplo, el registro de animales, prohibiciones de sacrificio, etc.).

¿Sabías que…?

• Nadie puede excusarse diciendo “yo no sabía que existía esa ley”: la ignorancia no exime de su cumplimiento. Una multa mal notificada puede perder validez, porque la seguridad jurídica obliga a que el ciudadano esté informado.
• Ese plazo de 20 días para la entrada en vigor de las leyes sigue siendo, a día de hoy, la norma general en España.
• Otro ejemplo: vas con tu coche a velocidad muy alta en zona limitada a 50, y lo publicas en redes sociales; es posible que te localicen y te multen en consecuencia.

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